DIEZMOS Y PRIMICIAS; BORREGAJE Y TIEMPO DE DESMANTAR.


Yaruquíes - Chimborazo - Ecuador, 1787. Los campos están sembrados. El grano y las raíces muestran generosas sus follajes. Las matas tiñen de verde los surcos.
Por el chaquiñán asoman jadeantes; diezmeros y primicieros a cumplir la tarea de calcular la futura producción de las pequeñas sementeras de los indios. En el campo se dice que se calcula en hierba, a su antojo y “cuentan” por anticipado el número de fanegas que producirán los cultivos en la cosecha. “Sientan en sus cuadernos las fanegas que se les antoja que paguen, con distinción de las especies de grano o de raíces. Llega el tiempo de la cosecha y, por lo general, cogen menos frutos que los que les tasaron, no acuden a cobrarles lo que consta de los apuntes. Estos diezmeros se ocupan de los cobros grandes y dejan que los indios consuman toda su cosecha, para luego aparecer y cobrar en dinero; “no al precio barato de las cosechas sino del tiempo que llaman de borregaje, que es cuando han subido los efectos”.
Cuando el cobro es en productos, utilizan costales confeccionados ex profeso: “Este llaman Guachag media o Runa media, que en nuestro idioma significa medida de indio o medida de pobre; de las suerte que una fanega en estas produce una media más en medida contratada, y vienen a ser como cobrar tres fanegas por dos o trescientas por doscientas”.
En el alegato del fiscal protector general de indios del pueblo de Yaruquíes, dice: En tiempos que dije de borregaje, cobran también las Albaquías que es el diezmo de los animales. “Por cabeza de lechón o cerdo, macho o hembra; un real. Por un corderito a medio real, siempre que no lleguen a diez, que esto sucede rara vez, por ser cortos (aunque muchos) los rebaños de los indios”. “Por ovejito de la tierra, dos reales; por muleto tres pesos y a más de esto, no se con que título a todo indio casado les cobran un real y medio de gallina y cuie y a los viudos y viudas a un real que tengan o no tengan y si estas contribuciones como las de lanas en vellones blancos, escogidos y aun que hayan  muchas ovejas negras no se consignan en el acto, los desnudan, sacándole prendas y esto llaman tiempo de desmantar, en que hay una confusión de lamentos y de pérdida de prendas, que talvez nunca más las recuperan”.
En esta causa se sentenció, por excesos, al mayordomo de los diezmos y primicias del pueblo de Yaruquíes.
El cura de entonces fue el Dr. D. Luis Hugo que ha querido burlarse con multitud de “pedidos indecorosos”, en los que se vilipendia la naturaleza de indios hasta el último extremo de hacerlo con su puño y letra.
El cura, abre un pleito a “título propio” en contra del protector. Además es notoria la vinculación de los caciques y alcaldes con el cura para el cobro a los indios.
El cura “… mandó a un perverso cacique, enemigo del Común de su Pueblo, D. Manuel Quisiguiña que los sacan de sus casas y los arrastran a presencia del Corregidor. Habiendo venido estos, estando aquí el cura (de donde no se ha movido días ha) se fueron a refugiar por no declarar lo contrario de la verdad en casa de D. Ignacio Barreto, pidiéndole que los amparase, porque para la violencia del cura y de dicho cacique Quisiguiña, no le será bastante asilo el del Protector”.
Los indios obligados a declaran en su misma contra huyeron a su pueblo.
El cura insistió y ordenó con auxilio del Corregidor para que el cacique y gobernador del pueblo, D. Xavier Mayancela los trajese a declarar. Incluso les advirtió y amenazó que si no vienen pronto, los soldados, a costa de pago de los indios, los llevaran amarrados.
El alcalde del pueblo por parcializarse y entregarle los expedientes del trámite “a complacencia” del cura fue multado con 25 pesos.


Fuente.- Archivo Nacional. Diezmos. Caja. 7. Expediente 4 (14-V- 1737; 26-VI- 1786) 164 fojas.  

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