CREACIÓN DEL CANTÓN TULCÁN
LA CONVENCIÓN
NACIONAL DEL ECUADOR,
CONSIDERANDO:
1º. Que á causa de la grande distancia de la capital de Imbabura á la parroquia de Tulcán, y de la fragosidad de estos caminos por parajes mortíferos, se hacen difíciles, tanto la administración política como la judicial en dicha parroquia, y en otras de igual situación expuestas á los mismos inconvenientes:
2º. Que la parroquia de Tulcán inmediata á la frontera del norte, requiere autoridades de mayor categoría:
3º. Que por tan justos motivos han representado los vecinos de la misma parroquia, la necesidad de que se eleve a cantón,
DECRETAN:
Art. 1º. Se erije un nuevo cantón en la provincia de Imbabura con la denominación de Tulcán, compuesto de la parroquia de este nombre, y de las de Guaca, Tusa, Puntal y el Anjel.
Art. 2º. La cabecera de dicho cantón será la expresada parroquia de Tulcán.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para su publicación y cumplimiento.
Dado en la sala de las sesiones en Quito, Capital de la República, á nueve de Abril de mil ochocientos cincuenta y uno, séptimo de la Libertad.- El Presidente de la Convención, Antonio Muñoz.- Los Secretarios.- Antonio Mata, José Subía.
Palacio de Gobierno en Quito, á once de Abril de mil ochocientos cincuenta y uno.- Ejecútese y promúlguese.- DIEGO NOBOA.- El Secretario del Interior y del Culto, José Modesto Larrea.
Comentarios