CORRIDAS DE TOROS EN LA VILLA DE IBARRA
13 de julio de 1665.- Juan Méndez, Procurador del bien común para indios y españoles, solicita al Corregidor de la Villa de Ibarra Juan Vicencio que se supriman las dos fiestas de verano e invierno, porque se celebran corridas de toros donde mueren muchas personas y otras salen heridas y se producen tremendas borracheras y duran las fiestas hasta la octava.- Presentado ante el escribano Francisco de Grijalva.
La petición se la hace en los siguientes términos: “Nos en los Pueblos de Caranque y Sn. Antonio cercanos a esta villa se han fundado once cofradías; la de San Sebastián, San Blas, La Encarnación, San Gonzalo, La Cruz, San Antonio, San José, San Pedro, Las Nieves, La Asunción, La Limpia Concepción y todas se celebran con fiestas de toros y danzantes en gran daño de todo el Común porque las que se celebran en invierno son en perjuicio de las sementeras y las que se celebran en verano son perjuicio de las cosechas porque se ocupan los indios en cercar las plazas dejando de coger sus siembras en que se les ha de seguir gran daño a los españoles por el consiguiente de más de las muertes desastradas que les suceden a los pobres indios como se ha visto con todas las fiestas de toros salir muertos dos o tres indios y heridos y otros atropellados cuatro o cinco y es grande el daño en todo el año con que si no se remedia se matan y consumen todos los indios porque como salen borrachos a la plaza se meten al ruedo sin que se pueda remediar y mas de este daño se hace otro y es que tienen los indios gañanes a cruzar las plazas trayendo un palo que vale dos reales, este se lo quitan. A los indios alguaciles y oficiales de esta villa por ser ladinos y otros vocales después de estas fiestas resultan tantos daños y a dios nuestro Señor no se le hace ningún servicio, mas antes resultan muchas ofensas contra su divina majestad con las grandes borracheras que hacen los indios y más y mejores en los pequeños pueblos de los indios que duran ocho días porque dicen que cada fiesta de borrachera tiene su octava y para que tantos daños tan graves se remedien”.
Además pide “que en los dichos pueblos no se corran toros ni aiga danzantes poniendo penas a los mayordomos de dichas cofradías y a los gobernadores de dichos pueblos”… …
Rodrigo de León protector de los naturales del Corregimiento de Ibarra dice que lo que piden es verdad y, no solo eso, también se corren toros en la residencia de los corregidores y reuniones particulares y menoscaba los tributos reales porque (los indios) gastan en borracheras y juegos. Son vejados por los caciques y alguaciles para que cerquen las plazas donde se corren los días de toros.
El Corregidor Vicencio Justiniano Chavani, el 17 de julio de 1665, mandó: “que en esta Villa y Pueblos de su jurisdicción se celebren las fiestas de los Santos y advocaciones que tuvieren en sus iglesias, aludiendo el culto divino con toda abstención”, dejando abierto el camino para que se siga "jugando toros".
FUENTE: Archivo del Ministerio de Cultura y Patrimonio. Ibarra.
Grabado de Francisco de Goya.- Pepe-Hillo, haciendo un recorte al toro.
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